Las personas que hayan perdido su empleo sin una causa justificada pueden acceder a la Prestación por Desempleo, un beneficio otorgado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), que se abona por un período de hasta seis meses.
Los valores del subsidio no son fijos, ya que dependen de la antigüedad laboral del solicitante, pudiendo alcanzar montos de hasta $357.800.
DE QUÉ SE TRATAN LOS $350.000 QUE ANSES ENTREGA DURANTE 6 MESES
La Prestación por Desempleo que paga el ente estatal está destinada a trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin causa, ya sea por finalización de contrato o por motivos ajenos a su voluntad. También pueden acceder quienes se desempeñaban de forma eventual o en la construcción y fueron desvinculados sin justificación.
El monto del beneficio se calcula en base al salario mínimo y representa el 75% del mejor sueldo percibido en los últimos seis meses previos al despido. Sin embargo, existen límites establecidos: no puede ser menor al 50% ni superar el 100% de ese piso, lo que actualmente ubica los valores entre $178.900 y $357.800.
En cuanto a la duración, el beneficio se paga entre 2 y 12 meses según los aportes realizados, aunque las personas mayores de 45 años pueden extenderlo hasta un máximo de 18 meses. Para acceder, se deben cumplir ciertos requisitos según el tipo de trabajador:
* Trabajadores permanentes: al menos 6 meses con aportes en los últimos 3 años.
* Eventuales o de temporada: menos de 12 meses trabajados en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año.
* Construcción: mínimo 8 meses con aportes en los últimos 2 años.
CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO DE ANSES
El trámite puede realizarse de manera presencial en oficinas del organismo o de forma online con Clave de la Seguridad Social. Para completarlo, es necesario presentar documentación que respalde la situación de desempleo, la cual varía según cada caso:
* Despido sin causa: telegrama, carta documento o nota firmada por el empleador.
* Quiebra o concurso del empleador: constancia del síndico, sentencia judicial o publicación en Boletín Oficial.
* Desvinculación con causa por parte del trabajador: telegramas enviados.
* Fin de contrato: copia del contrato vencido.
* Fallecimiento del empleador: acta de defunción certificada.
* Situaciones de salud: certificado médico de aptitud laboral.

